La Ley Antifraude establece sanciones severas para quienes no cumplan con Verifactu. Las multas pueden alcanzar los 50.000 euros por ejercicio fiscal.
El régimen sancionador se establece en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003), introducido por la Ley Antifraude. Las sanciones entran en vigor cuando Verifactu sea obligatorio para cada tipo de contribuyente.
Si tu negocio utiliza o tiene instalado un programa que no cumple con los requisitos del RD 1007/2023, la sanción es de 50.000 euros por cada ejercicio fiscal. Se aplica por el mero hecho de tener el software, independientemente de si has manipulado datos.
La ausencia de código QR o leyenda obligatoria constituye un incumplimiento de las obligaciones de facturación (artículo 201 LGT), sancionable con un porcentaje del importe de las operaciones incorrectamente facturadas, con un mínimo de 300 euros.
Los fabricantes y distribuidores enfrentan sanciones de 150.000 euros por ejercicio fiscal por producir o comercializar software que no cumpla con los requisitos.
Las facturas emitidas con software no homologado pueden no computar como gasto deducible ni permitir la deducción del IVA soportado.
Tus clientes empresariales necesitan facturas conformes para sus deducciones. Si tus facturas no cumplen, pueden cambiar de proveedor.
Los negocios que no envíen registros destacarán como anomalías ante la AEAT y pueden atraer inspecciones fiscales.
La forma de evitarlas es sencilla: usa software que cumpla con Verifactu antes de la fecha obligatoria.
CokuApp cumple con todos los requisitos desde hoy. Elimina el riesgo de sanciones.