A partir de 2027, todas las empresas y autónomos en España deberán utilizar software de facturación que cumpla con los requisitos de Verifactu. Este nuevo sistema, impulsado por la Agencia Tributaria, cambia la forma en que se emiten y registran las facturas.
Verifactu (oficialmente "VERI*FACTU") es un sistema que obliga a que todo software de facturación genere registros inalterables de cada factura emitida. Estos registros se envían a la Agencia Tributaria de forma automática, creando un rastro verificable de toda la actividad de facturación de un negocio.
El sistema nace de la Ley Antifraude (Ley 11/2021) y se desarrolla en el Real Decreto 1007/2023. Su objetivo principal es eliminar el software de doble uso — programas que permiten manipular o borrar facturas sin dejar rastro.
Cada vez que se emite una factura, el software genera automáticamente un registro de facturación con todos los datos fiscales.
Cada registro lleva una huella digital calculada mediante SHA-256. Si alguien modifica cualquier dato, la huella cambia y la alteración es detectable.
Los registros se encadenan entre sí — la huella de cada nuevo registro incluye la del anterior. Esto hace imposible eliminar o insertar registros sin romper la secuencia.
Todas las facturas deben incluir un código QR que enlaza con la sede electrónica de la AEAT para verificar que ha sido declarada correctamente.
En la modalidad VERI*FACTU (la recomendada), los registros se envían en tiempo real a la Agencia Tributaria.
Están obligados a utilizar software compatible con Verifactu todos los contribuyentes que desarrollen actividades económicas. Esto incluye sociedades y empresas que tributan por el Impuesto de Sociedades, autónomos y profesionales sujetos a IRPF, no residentes con establecimiento permanente en España, y entidades en atribución de rentas que realizan actividades económicas.
Están exentas las empresas inscritas en el SII (generalmente las que facturan más de 6 millones de euros anuales) y las entidades totalmente exentas según el artículo 9.1 de la Ley 27/2014. El País Vasco utiliza su propio sistema llamado TicketBAI.
Las sociedades y empresas que tributan por el Impuesto de Sociedades deberán utilizar software conforme a partir del 1 de enero de 2027. Los autónomos y personas físicas tienen de plazo hasta el 1 de julio de 2027. Los fabricantes de software debían cumplir desde el 29 de julio de 2025.
Las sanciones por incumplimiento son severas. Utilizar software no conforme supone una multa de 50.000 euros por ejercicio fiscal. A esto se suman sanciones adicionales por incumplimiento de las obligaciones de facturación, como la ausencia de código QR o de la leyenda obligatoria. Para los fabricantes de software no conformes, la sanción asciende a 150.000 euros por ejercicio.
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